Art. 1º.- La Asociación Amigos de los Pazos se halla constituida en la ciudad de Vigo, de acuerdo con la ley 191/1964 de 24 de diciembre. En la actualidad se rige por la Ley Orgánica 1/2002, DE 22 DE Marzo. reguladora del derecho de Asociaciones.
Está inscrita con el número 166 en el Registro Provincial de Asociaciones de la provincia de Pontevedra, según Resolución del Gobierno Civil de fecha 22 de marzo de 1972. Tambien consta su ámbito nacional en la utima modificación de Estatutos aprobada por el Ministerio del Interior con fecha 20 de julio de 1988.
Art. 2º.- La Asociación tiene carácter cultural y está desprovista de ánimo de lucro, siendo su funcionamiento democrático..
Art. 3º.- Son fines de la Asociación la defensa y difusión de:
- Los edificios de la arquitectura civil tradicional de Galicia “pazos”- incluido su entorno- como elementos significativos de una parte muy importante de la historia y de la vida social y económica de Galicia.
- Todo el patrimonio artístico, cultural, popular y paisajistico de Galicia, tanto rural como urbano, incluyendo asimismo el medio natural.
- Los caminos de peregrinación a Santiago de Compostela, tanto en el ámbito español como en el europeo, con especial dedicación a los caminos portugueses.
Para alcanzar su plenitud, todos estos fines se extenderán más allá del ámbito regional, para poner dicho patrimonio cultural en conocimiento de todos los españoles y ejercer solidariamente con las restantes regiones de España la defensa de nuestro común patrimonio histórico.
Tambien se procurará la difusión internacional de los bienes objeto de atención y defensa en Galicia por esta Asociación, y, en especial, a la nación portuguesa.
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